sábado, 4 de junio de 2011

DERECHO A LA PARTICIPACIÓN DE LOS NIÑOS, LAS NIÑAS Y LOS ADOLESCENTES.

“Proceso permanente de formación de opiniones, dentro del seno de
los grupos de trabajo y organismos intermedios, en torno a todos los problemas
de interés común, a medida que estos vayan surgiendo y requieran
de soluciones, es decir, de decisiones. (Wright Mills, 1954).
Capacidad real, efectiva del individuo o de un grupo de tomar decisiones
sobre asuntos que directa o indirectamente afectan sus actividades en
la sociedad y, específicamente dentro del ambiente en que se desenvuelve”.
(Allan Dale, 1999).
La participación humana puede darse en todos los ámbitos de la vida: fami-liar,
social, político, religioso, entre otros. Esta acción no se limita a una expresión oral
sino que incluye todas las formas de expresión aceptadas socialmente.
Como seres humanos, los niños, niñas y
adolescentes también participan y se expresan
en sus espacios de relaciones. Tradicionalmente
esta capacidad les había sido limitada pero el
reconocimiento de estos/as como sujetos
de derechos obliga a entenderlos/as como
personas con igualdad de derechos a los/as
cuales no se puede discriminar por razones
de edad. La perspectiva de los derechos de
los niños, niñas y adolescentes cambia el
panorama: ya éstos/as no callan cuando
hablan los adultos, sino que junto a ellos/as,
se expresan y exponen opiniones y las mismas
son consideradas.
Podemos participar en las
decisiones que se toman
en la familia, en la escuela
y la comunidad

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